[Nota del editor: Este es un blog de invitados escrito por Justin M. Jacobson, Esq. Justin es un abogado de entretenimiento y medios de comunicación de The Jacobson Firm, P.C. en la ciudad de Nueva York. También dirige Label 55 y enseña el negocio de la música en el Instituto de Investigación de Audio. ]
En la primera parte, exploramos los beneficios potenciales que un artista recibe al establecer una entidad comercial como una LLC o corporación. También discutimos algunos otros asuntos administrativos relacionados con el funcionamiento y el mantenimiento continuo de estas entidades.
En esta entrega, avanzamos para discutir los próximos pasos y posibilidades después de que un músico cree tal entidad, incluyendo la utilización de esta entidad como una empresa de "préstamo" y/o como una empresa de producción musical. Mientras que todo aspirante a músico se considera un magnate del entretenimiento o de los medios de comunicación, la nueva entidad comercial creada por ellos es fundamental para crear el paraguas para hacer de esta visión una realidad potencial.
Para construir hacia este sueño, un artista puede utilizar su nueva entidad en una variedad de formas. La empresa de "préstamo" (corporación/LLC) formada por el músico proporciona los servicios del músico (grabación, producción, actuación en vivo) como "empleado" de la empresa a un tercero, como una discográfica, una editorial musical, un lugar de actuación o una marca patrocinadora. Como su nombre lo indica, la entidad "presta" los servicios del "empleado" (músico) contratando con otra parte (por ejemplo, una discográfica) en lugar de que ésta contrate directamente con el artista.
Por lo tanto, la empresa de préstamo firma el acuerdo con el tercero y la empresa luego "contrata" al artista para hacer el trabajo que se le contrata. Esto le da al artista el nivel adicional de aislamiento y protección de los bienes personales que un artista debe desear y es inherente a este tipo de entidades.
Sin embargo, antes de que la empresa de "préstamo" pueda celebrar acuerdos en nombre del artista, el músico debe firmar primero con esta entidad. Esto significa que el artista firmará un contrato de grabación, gestión y/o publicación de música con la entidad de la que es propietario.
Por lo general, estos acuerdos estándar de la industria musical otorgan a la empresa de préstamo el derecho a conceder licencias sobre las composiciones musicales y las grabaciones maestras del artista, así como el derecho a concertar ulteriores acuerdos de grabación, distribución, publicación u otros negocios musicales con otras empresas, como un sello discográfico o una empresa de publicación de música, para la distribución de la obra del artista y para los demás servicios conexos del artista.
Como ya se ha mencionado, estas empresas de "préstamo" también ofrecen al artista la posibilidad de gestionar fácilmente toda su propiedad intelectual (es decir, marcas comerciales, derechos de autor, grabaciones de sonido, obras audiovisuales, fotografías, logotipos, sitios web) para la concesión de licencias y la distribución. La empresa de "préstamo" es perfecta para organizar y utilizar los arreglos tradicionales de "trabajo por encargo" y otra documentación de cesión de derechos para garantizar que todos los derechos que puedan poseer las partes auxiliares, como mezcladores de estudio, ingenieros de estudio, fotógrafos, videógrafos y terceros vocalistas y productores, sean propiedad de la empresa para los fines que se requieran.
Esta entidad también puede ser propietaria y operar como una compañía editora de ASCAP, BMI y/o SESAC. Esto permite a la entidad recaudar directamente sus regalías de derechos de ejecución pública, así como administrar o concertar acuerdos de coedición con otras empresas editoras de música para la explotación de las obras del artista. La entidad también se utiliza para recaudar y contabilizar fácilmente todas las regalías de SoundExchange y otras regalías del artista y los ingresos conexos.
Si bien firmar con su empresa autogestionada es un uso, otra característica importante de la empresa de "préstamo" es que proporciona al artista la flexibilidad de firmar con otros artistas a esta entidad. Eso permite a un aspirante a magnate de la música crear su propia empresa de producción musical y empezar a construir su imperio de entretenimiento. Esta situación se da con mayor frecuencia cuando un productor contrata a un artista que está produciendo para su "propio" sello o compañía de producción.
Esta firma permite al propietario gestionar, distribuir y licenciar más fácilmente el catálogo de grabaciones en nombre de los artistas que produce. Esto también asegura que la productora reciba una compensación justa al facilitar normalmente todas las transacciones de terceros a través de esta entidad. Esto podría permitir que las porciones de contabilidad y de derechos de autor se distribuyan directamente a la entidad y no al artista, que es entonces el responsable de pagar al productor su parte de los derechos de autor.
Como en cualquier entidad corporativa, más de un propietario puede poseer un interés o acciones del negocio creado. Si hay varias partes involucradas, es prudente establecer un acuerdo que describa los derechos de propiedad de cada una de ellas, así como las facultades de gestión u otras facultades.
Este acuerdo entre las partes es crucial.
Las corporaciones tienen acuerdos de accionistas y las LLC tienen acuerdos de operación. Una situación única puede surgir cuando un profesional del negocio de la música, como un gerente y un artista crean una compañía de entretenimiento juntos y firman el artista-propietario así como otros artistas.
Es prudente que cada parte tenga su propio abogado para asegurar que todas las partes estén adecuadamente representadas en este tipo de arreglo y que cada parte entienda cómo funciona esta situación. A menudo esto no sucede, especialmente debido a consideraciones financieras. Si se utiliza un solo abogado, hay que tener cuidado con las variaciones y decisiones que se tomen.
Si bien no hay garantía de éxito, la utilización de acuerdos y procedimientos adecuados es esencial para lograr el progreso en el negocio de la música. Como dicen, este es un negocio y hay que dirigirlo y tratarlo como tal.
Este artículo no pretende ser un consejo legal, ya que se debe consultar a un abogado y/o a un contador especializado en la materia.
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